Registro único de proponentes

Registro único de proponentes

Todas las Personas naturales o jurídicas nacionales, o extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia, que aspiren a celebrar contratos con las entidades estatales, deberán estar inscritas en el Registro Único de Proponentes que lleve la Cámara de Comercio que tenga jurisdicción en su domicilio principal.

Son objeto de inscripción en el Registro Único de Proponentes los siguientes actos:
  • Inscripción
  • renovación
  • actualización
  • cancelación

la cesación de los efectos de la inscripción y la revocación del registro según corresponda

Dichos actos se inscribirán en orden cronológico con base en los documentos e informaciones que presenten los interesados y las entidades estatales, previa verificación documental que se haga de los documentos aportados y se certificarán las condiciones de experiencia, capacidad jurídica, financiera y de organización del proponente que fueron verificadas, así como la clasificación que el mismo proponente realice.

Documentos