Costumbre mercantil
Las normas pueden crearse por diferentes mecanismos, algunos de ellos correspondientes a una creación
deliberada del derecho -como sucede con la legislación- y otros correspondientes a una creación
espontánea, que es precisamente lo que sucede con la costumbre mercantil, definida como un conjunto de
usos o prácticas que realizan los comerciantes y que cumplen con los requisitos exigidos por el Código
de Comercio para adquirir tal denominación.
Las Cámaras de Comercio, de acuerdo con el artículo 86 del Estatuto Mercantil, tienen la función de
recopilar las costumbres mercantiles de los lugares correspondientes a su jurisdicción y certificar
únicamente sobre la existencia de las recopiladas.
Recopilación de la costumbre mercantil:
Tratándose de esta función legalmente asignada a las Cámaras de Comercio, recopilar la costumbre
mercantil es llevar a cabo una tarea de investigación en la cual, recurriendo a diferentes mecanismos de
prueba, se indaga sobre los hechos constitutivos de una práctica comercial concreta, tanto respecto de
su elemento objetivo como subjetivo, para concluir si dicha práctica constituye o no, una costumbre
mercantil en el área donde la Cámara de Comercio tenga jurisdicción.