Costumbre mercantil
 Las normas pueden crearse por diferentes mecanismos, algunos de ellos correspondientes a una creación
                    deliberada del derecho -como sucede con la legislación- y otros correspondientes a una creación
                    espontánea, que es precisamente lo que sucede con la costumbre mercantil, definida como un conjunto de
                    usos o prácticas que realizan los comerciantes y que cumplen con los requisitos exigidos por el Código
                    de Comercio para adquirir tal denominación.
                    
                    Las Cámaras de Comercio, de acuerdo con el artículo 86 del Estatuto Mercantil, tienen la función de
                    recopilar las costumbres mercantiles de los lugares correspondientes a su jurisdicción y certificar
                    únicamente sobre la existencia de las recopiladas.
                    
                    Recopilación de la costumbre mercantil:
                    
                    Tratándose de esta función legalmente asignada a las Cámaras de Comercio, recopilar la costumbre
                    mercantil es llevar a cabo una tarea de investigación en la cual, recurriendo a diferentes mecanismos de
                    prueba, se indaga sobre los hechos constitutivos de una práctica comercial concreta, tanto respecto de
                    su elemento objetivo como subjetivo, para concluir si dicha práctica constituye o no, una costumbre
                    mercantil en el área donde la Cámara de Comercio tenga jurisdicción.